La Fundación del Metal para la Formación, Cualificación y el Empleo acredita a nuestra empresa que, de este modo, podrá ofrecer los cursos específicos establecidos en el capítulo XVII, Anexo II según el II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal.
El Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los servicios del sector Metal (ICEM) establece la obligatoriedad de formación en Prevención de Riesgos Laborales tanto para los trabajadores de la construcción como para cualquier empleado que desarrolla su actividad en esta industria.
Desde el 1 de octubre de 2017, además, los empresarios deben proporcionar a cada trabajador la formación teórica y práctica necesaria y suficiente en materia de Prevención de Riesgos Laborales para cumplir con su deber de protección de los trabajadores y conforme a lo establecido en el nuevo convenio.
Pues bien, Gesinor ha logrado la homologación de la Fundación del Metal para la Formación, Cualificación y el Empleo para poder impartir los cursos específicos establecidos en el capítulo XVII, Anexo II según el II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal.
Así, por lo tanto, entre las acciones formativas previstas por Gesinor, según la actividad u oficio, estarían
Para los trabajadores que NO acceden a obra

  • Formación de directivos (6h). Puede ser presencial o teleformación
  • Formación para personal de oficinas (6 h). Puede ser presencial o teleformación
  • Formación de oficio (8 h) para trabajadores con el tronco común de 12 horas convalidado
  • Formación de oficio (20 h) para trabajadores que NO hayan realizado previamente el curso de 20 horas.
  • Formación de reciclaje (4 h) para trabajadores que, previamente, han realizado la formación de 20 horas antes de 3 años.

Para los trabajadores que acceden a obra

  • Formación de oficio (20 h) destinado a todos los trabajadores del sector del metal que accedan a obra y que NO hayan realizado previamente el curso de 20 horas correspondiente a su oficio.
  • Formación de oficio (6 h) para todos los trabajadores que accedan a obra y tengan convalidado el tronco común de 14 h.
  • Formación de reciclaje (4 h) para trabajadores que, previamente, han realizado la formación de 20 horas antes de 3 años.